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Guia del Pasajero

MASCOTAS

Rutas Aéreas C.A (RUTACA) solo transporta Caninos (perros) y felinos (gatos), con los más altos estándares de calidad para que su mascota llegue a su destino en las mejores condiciones.

Para este tipo de transporte, es importante que usted tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Libreta de vacunas con las correspondientes inmunizaciones.
  • Certificado Nacional Antirrábico emitido por un médico veterinario.
  • Certificado de salud vigente expedido por un médico veterinario colegiado.
  • Certificado de inspección zoosanitaria emitida por el INSAI.
  • Deberá cancelar el costo del traslado de su mascota al momento del chequeo. (Consultar tarifas a través de nuestro Call Center)
  • Todo animal transportado en cabina de pasajero debe pesar hasta 6Kg incluyendo el contenedor (Kennel).

Recomendaciones para el traslado de Mascotas:

Le damos algunas recomendaciones para evitar cualquier contratiempo durante el viaje de su mascota:

  • La mascota debe estar dentro de un contenedor (Kennel), con las dimensiones apropiadas de acuerdo con su tamaño y raza, éste le debe permitir permanecer parado en una posición natural, con su cabeza extendida, girar a su alrededor y echarse cómodamente.

Las características básicas que debe tener un contenedor son:

  • Debe ser Resistente.
  • La malla debe estar en perfectas condiciones para evitar que el animal saque el hocico o las patas.
  • Tener un cerrojo suficientemente seguro para que el perro no lo abra ni lo rompa y en lo posible tener en la parte inferior un material espumado absorbente.
  • Las mascotas que tengan una altura superior a 35 centímetros deben usar obligatoriamente un bozal tipo canasta durante todo el viaje, para evitar pueda usar su hocico para salirse del contenedor y a su vez lastimarse.
  • Las mascotas que vengan en contenedores de malla metálica con cerraduras seguras, no requieren de bozal de ninguna naturaleza.      
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PASAJEROS MENORES SIN ACOMPAÑANTES (UMNR)

Son considerados menores sin acompañantes aquellos niños o adolescentes entre seis (6) años cumplidos y hasta dieciocho (18) años no cumplidos. Sin la compañía de sus padres o representantes:

  • Se debe completar el formato “Carta de Responsabilidad” en el momento del chequeo, por su representante legal.
  • Todos los niños, niñas y adolescentes que viajen solos, requerirán una autorización para viajar, otorgada ante las autoridades competentes (Consejo de Protección al Niño, Niña y Adolescente, Jefaturas Civiles o Prefecturas, Notarias Públicas) por el padre y la madre o quien ejerza la patria potestad. Deberán presentar la partida de nacimiento que demuestre el parentesco del padre o la madre.

Nota: La falta de la autorización antes mencionada no permitirá el embarque del menor.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD O NECESIDADES ESPECIALES

Si requiere Servicios Especiales debido a una discapacidad o convalecencia, cuando realice la reservación o compra del boleto deberá notificar a nuestro personal toda la información necesaria para atender sus necesidades de viaje, a los fines de permitirnos brindarle la atención que esta persona se merece conforme a lo establecido en el ordenamiento aeronáutico vigente.

Adicionalmente deberá informar si lleva algún equipo médico en el aeropuerto al momento del chequeo, y luego debe ser verificado y autorizado para ser trasladado en nuestra aeronave.

Por razones de seguridad de vuelo, se limita la aceptación de personas con movilidad reducida no acompañadas. Se le sugiere tomar las previsiones para ofrecerle la debida asistencia en tierra y durante su vuelo.

Se denegará el embarque a aquellas personas con enfermedades eruptivas tales como: varicela, lechina, sarampión, rubeola, entre otras.

Pasajeros convalecientes o enfermos deben presentar al momento de la compra del boleto y el chequeo:

  • Certificado médico que haga constar estado y condición del paciente, y donde se demuestre que la persona está apta para realizar un viaje por vía aérea.
  • Debe completar el formulario de “Carta de Responsabilidad”.

PASAJERAS EMBARAZADAS

Requieren obligatoriamente de un informe médico para obtener el pase de abordar. El informe debe indicar las condiciones del embarazo y autorización para viajar vía aérea . La aceptación de las mujeres embarazadas es hasta 24 semanas (hasta 6 meses) de gestacîón.

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